Villar Mir pierde una demanda de 71 millones por las expropiaciones del AVE

Los tribunales gallegos desestiman la reclamación del empresario por la afectación a la mina de Serrabal y tildan de "disparate" la cuantía exigida

Tan bien le van a Juan Miguel Villar Mir sus negocios en Galicia como mal sus encuentros con los tribunales. En sentencia fechada el 28 de junio de este año, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha asestado un nuevo golpe a las reclamaciones del empresario en el largo conflicto de la mina de Serrabal.

El yacimiento, rico en cuarzo y silicio, era explotado por Ramsa, sociedad de Villar Mir participada por Ferroatlántica, en virtud de una concesión del Gobierno de Manuel Fraga. El trazado del AVE entre Santiago y Ourense irrumpió en los terrenos, ubicados entre Boqueixón y Vedra, provocando un ruidoso conflicto, que acabó con técnicos de Fomento escoltados por policías para tomar mediciones en el enclave y los trabajadores intentando frenar las expropiaciones.

Villar Mir, que tiene por costumbre reclamar cuando se siente injustamente perjudicado, pidió hasta 895 millones por el lucro cesante de la explotación, iniciando una deriva judicial muy prolongada en el tiempo que acabó con derrota.

La sala es contundente respecto a la reclamación: Descalifica los informes «de parte» encargados por Ramsa así como «sus fantásticas valoraciones»

Una de esas batallas coleaba todavía en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que desestimó la reclamación del empresario por valor de 71,1 millones de euros por las expropiaciones de terreno practicadas.

La tesis de Ramsa era que no se había estimado la prórroga de 30 años de explotación de la mina, a su juicio concedida por silencio administrativo; que los recursos afectados eran mayores de los calculados y que la expropiación había originado sobrecostes para la empresa no valorados en el justiprecio, 347.000 euros que, finalmente, fueron los únicos que acabaron en el bolsillo de Villar Mir.

La sala es contundente respecto a la reclamación. Descalifica los informes «de parte» encargados por Ramsa así como «sus fantásticas valoraciones», llegando incluso a afirmar que los demandantes «desconocen» la normativa aplicada en el caso, tildando de «disparate» el importe solicitado.

Tampoco acepta la tesis de los sobrecostes, 2,6 millones en los que habría incurrido la empresa a causa de la afectación del AVE

Como prueba de la escasa fiabilidad de las valoraciones de Villar Mir, apunta el tribunal que en la hoja de aprecio constaba una valoración de 236 millones, que en la demanda se redujo a 71,1.

La sala firma que «la prórroga de la concesión no estaba concedida en la fecha de la expropiación y una prórroga de una concesión demanial no puede entenderse otorgada por silencio positivo», lo que restaría 30 años de lucro cesante a la explotación. 
Sostiene además que el debate sobre la valoración de las reservas «carece de sentido», pues ya fue calculado en base «al método legal de valoración».

Tampoco acepta la tesis de los sobrecostes, 2,6 millones en los que habría incurrido la empresa a causa de la afectación del AVE: «Por tamaña cifra no se prueba ni su ejecución ni su contrata, por lo que en modo alguno serían precisos y, menos, imprescindibles (…) trata de justificar los sobrecostes que la expropiación ha originado a la mina en un ejercicio teórico, sin el más mínimo y fácil apoyo fáctico que lo respalde», dice la sentencia.

Y en relación al resto de actividades de la empresa, las cataloga de absurdas y ruinosas: «Las actividades (ruinosas) que Ramsa realiza, además de Serrabal, carecen de todo sentido económico»

Del mismo modo, Ramsa alegaba que sus resultados, en base a los que se calcula el justiprecio, estaban distorsionados por la expropiación y no tenían en cuenta el resto de actividades de la empresa. La sala es especialmente dura en este punto.

Respecto al impacto del AVE en la mina señala que «desde la expropiación (2008) a la demanda (2012) han pasado años en los que Serrabal siguió su explotación, por lo que puede acreditarse la idea de que la expropiación prácticamente la ha arruinado, lo que no ha ocurrido toda vez que no está cerrada la mina, y no aporta datos o cuentas que indiquen una disminución de beneficios, evidentemente porque ello no ha acontecido».

Y en relación al resto de actividades de la empresa, las cataloga de absurdas y ruinosas: «Las actividades (ruinosas) que Ramsa realiza, además de Serrabal, carecen de todo sentido económico como que una expresa regale a otra el mineral, lo que produce el artificio de pérdidas y beneficios irreales», afirma la sentencia. Las correcciones aplicadas por la empresa en su demanda elevaban los beneficios de 160.000 euros de Ramsa a 13 millones, «disparate que no puede acogerse», zanja el tribunal. 

a.
Ahora en portada