El Supremo tumba el derecho a ir desnudo en BCN

El Tribunal Supremo tumba el argumento del 'derecho al nudismo' en Barcelona y avala las multas en virtud de la ordenanza local de civismo. No obstante, el alto tribunal rechaza castigar a los turistas o vecinos que paseen sin camiseta o en bañador.

El Tribunal Supremo ha avalado las multas por pasear desnudo por las calles de Barcelona. El Alto Tribunal, en una sentencia fechada el 10 de marzo, niega que transitar sin ropa constituya «un derecho ideológico» y avala las multas de hasta 500 euros a quienes paseen en cueros por el espacio público.

No obstante, el fallo sí avala la posibilidad de caminar «casi o semi desnudo» o «en bañador o una prenda similar al bañador«. Lo hace tildando de «equívoca e difícilmente inteligible» la parte de la ordenanza municipal que castiga esta conducta.

A efectos prácticos, el ayuntamiento podrá multar con hasta 500 euros a los turistas y vecinos que se paseen desnudos, pero quedan anuladas las sanciones a los que transiten sin camiseta o en bañador. La multa específica para esta vulneración es de 300 euros.

Convivencia

La sentencia del Supremo es el último cartucho de las asociaciones en defensa del nudismo contra el ayuntamiento de Barcelona. Este colectivo se opuso a la modificación de la ordenanza de convivencia de la ciudad en 2011. El nuevo texto causó polémica y varios colectivos mostraron su rechazo.

Ahora, seis jueces comandados por Jesús Escudero Blas les cierra la puerta de la justicia ordinaria. Los magistrados argumentan que la libertad de creencias, amparada en el artículo 16 de la Constitución, «puede ser restringida por la necesidad de mantener el orden público y la convivencia pacífica».

Polémica

La ordenanza de civismo se modificó en pleno municipal de Barcelona en mayo de 2011 en un intento de frenar el auge de turistas semidesnudos en las calles de la ciudad. El partido CUP y las asociaciones pronudismo ADDAN y Federación Española de Naturismo acudieron a los tribunales, donde perdieron una primera batalla.

Ahora, el Supremo invalida la mayor parte del recurso de las dos últimas asociaciones, permitiendo al alcalde Xavier Trias empezar a multar sabiendo que se ajusta a derecho.

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