Iberia, condenada por incluir cláusulas abusivas en sus contratos

La aerolínea recurrirá la decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid

El Juzgado Mercantil número 12 de Madrid ha declarado nulas «por abusivas» tres cláusulas del contrato de transporte aéreo de Iberia, tras una demanda interpuesta por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en julio del pasado año.

En concreto, la juez considera nula la pauta en la cláusula en la que Iberia apunta que «en caso de necesidad» podrá hacerse sustituir por otra compañía, e incluso usar aviones de terceros y modificar o suprimir escalas, al considerar que no varían las prestaciones, refiriéndores a las low cost.

Cláusula no show

Del mismo modo, la magistrada califica de «abusivo» que la compañía aérea recoja en su contrato que no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces con otros vuelos en el punto de destino.

Asimismo, declara nula la llamada «cláusula no show» por la que la aerolínea cancela el billete de vuelta en el caso de que el pasajero no haya usado el de ida, al apuntar que la inclusión de esta medida carece de justificación razonable.

También muestra su rechazo ante la negación de embarque a pasajeros con billetes bonificados que no puedan aportar el título de familia numerosa, al calificar de «desproporcionada» la medida y destacar que esta condición se puede acreditar también a través del documento individual en vigor.

Recurso

Por su parte, fuentes de la aerolínea han explicado a Europa Press que la compañía aérea presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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